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Jubilaciones: los apoderados podrán firmar los trámites de la moratoria previsional


Tras una medida cautelar, ANSeS modificó una norma que exigía que el solicitante firmara la aplicación.

06/06/2023 9:32

Clarín.com Economía Actualizado al 06/06/2023 9:32

Luego de una medida cautelar que cuestionó una decisión de la ANSeS, el organismo previsional resolvió que los apoderados o representantes podrán realizar y firmar los trámites de las personas que soliciten la nueva moratoria previsional.

Asi figura en la norma previsional N° 11/71 de la ANSeS, del pasado 2 de junio. “En relación con la firma de formularios necesarios en la tramitación de las prestaciones de Plan de Pago Previsional (PDPP) por el titular o su representante, se actualiza el formulario de la Carta poder correspondiente”.

De esta manera, los abogados interpretan que  ANSeS modificó la Circular FP 22/23 del pasado 8 de mayo que había establecido que los formularios de la moratoria debían ser firmados por la persona que solicitaba el beneficio en la delegación de la ANSeS (UDAI) “no resultando válidos todos aquellos que no sean los emitidos por los sistemas, o que sean firmados y certificados, fuera del ámbito de dicha UDAI”.

Por ese requisito (que la solicitud debía ser firmada por el titular solicitante y no podía ser reemplazado por la o el apoderado) el Juzgado Federal N° 2 de Santa Fe hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la abogada Verónica Barcarolo, quien interpretó que le impedían actuar plenamente como apoderada y presentó una demanda cautelar en la Justicia.

El fallo ordenó a la ANSeS que suspenda la aplicación de la circular en cuanto dispone en su primera parte “…firmados individualmente por la persona titular…”, y en su último párrafo: “…requieran firma por parte de la persona solicitante…”. Y también que la abogada Barcarolo queda facultada en sus presentaciones por ante ANSES para actuar como apoderada de adultos mayores, solicitando acogimiento al Plan de Deuda Previsional instaurado por la Ley 27.705…”.

Entre otros fundamentos, el Juzgado planteó que “con el dictado de esta circular, ANSES, por un lado, podría dejar manifiestamente desprotegidas a la clase pasiva y a las personas que con esta nueva Ley n° 27705 pretenden incorporarse al Sistema Previsional, toda vez que al obligarlos a realizar la totalidad del trámite para obtener el beneficio, presencialmente y por sí mismos, los podría poner en un estado de indefensión e incertidumbre total, dado que se ven imposibilitados de acceder al asesoramiento de los profesionales probos en la materia, que los ayude a comprender acabadamente los alcances de la documentación que suscriben”.

Con la norma Previsional 11/71, ANSeS extiende a todos los apoderados o representantes la posibilidad de realizar y firmar los formularios para acceder a la jubilación por moratoria.

Ya iniciaron el trámite de jubilación por moratoria más de 130.000 personas, de las cuales poco más de 40.000 cobrarán su primer haber en los próximos días. 

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