En Argentina se puede cobrar una jubilación sin tener los 30 años de aportes obligatorios realizados como trabajador o trabajadora al sistema de seguridad social, y esa modalida es lo más cercano a una jubilación de ama de casa.
En principio, recientemente una ley reconoció que las mujeres que salen del mercado laboral para tener una familia y cuidar de terceros (hijos) también realizan trabajo valioso pese a no estar aportando al sistema de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
Por lo tanto, les reconoce un año de aportes por cada hijo que hayan tenido, ayudándolas así a completar los 30 años de aportes necesarios para acceder a la prestación.
A esto último se lo puede conocer informalmente como jubilación de ama de casa, aunque no sea más que el reconocimiento de un año de aportes.
Y no es esa la única prestación que pueden solicitar las mujeres que, teniendo la edad jubilatoria cumplida, no cuentan con los 30 años de aportes. También existe la Pensión Universal para Adulto Mayor o PUAM. Cómo iniciar el trámite de jubilación de ama de casa.
¿Cómo hacer los trámites para la jubilación de ama de casa?
Como mencionamos, no existe en la Argentina algo que pueda representar una jubilación de ama de casa. Lo que refiere esta expresión es al «Programa Integral de Reconocimiento de Períodos de Servicio por Tareas de Cuidado».
Se trata de una legislación aprobada por Anses en 2021 que reconoce a las mujeres años de aportes por haber dedicado tiempo al cuidado de sus familias, sin estar incluidas en el mercado laboral formal en ese momento. Se basa en la desigual distribución de las tareas de cuidado entre los géneros, por el cual son las mujeres las que típicamente se dedican más horas a tareas del hogar, aportando menos al sistema de seguridad social.
Muchas mujeres mayores accedieron a la jubilación de ama de casa
Se les reconoce el equivalente a 1 año de aportes por hija o hijo que hayan tenido, y de 2 años de aportes por hija o hijo adoptados. Asimismo, se toma 1 año de aportes por hija o hijo con discapacidad -mediante el certificado de discapacidad- y de 2 años en caso de que la persona haya sido beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por al menos 12 meses.
Se estima que mediante este programa, unas 140.000 mujeres accedieron ya a una jubilación sin aportes completos o una jubilación de ama de casa. Aunque no se trata de brindar una prestación completa sino de reconocer un año de aportes por cada hijo que haya tenido la beneficiaria.
Para acceder al beneficio la persona sin aportes completos si debe tener la edad jubilatoria cumplida -en el caso de las mujeres, 60 años de edad- y no debe contar ya con una jubilación ya otorgada o en trámite.
¿Qué se necesita para iniciar los trámites de jubilación?
En principio, una mujer para tramitar la jubilación de ama de casa debe tener la edad jubilatoria cumplida (60 años).
No debe tener una jubilación ya otorgada o en trámite para pedir este beneficio.
Luego, los requisitos de la jubilación «de ama de casa» son:
Documento Nacional de Identidad (DNI), partidas de nacimiento de hijos e hijas, certificado de discapacidad (CUD) cuando corresponda sentencia de adopción en los casos que corresponda. El trámite para la jubilación de ama de casa se inicia igual que el de la jubilación tradicional, solo que al incluir estos documentos la potencial beneficiaria pide que se le reconozcan los años de aportes correspondientes al cuidado de esos hijos e hijas, para llegar así a los 30 años requeridos.
¿Cuál es el monto de la jubilación de ama de casa?
Cuánto cobran de jubilación de ama de casa las mujeres sin aportes completos
El monto que cobrará la persona que accede a la jubilación de ama de casa depende de lo que haya cobrado en sus últimos 10 años de actividad, como cualquier otra jubilación. La única diferencia es que llega a cobrarla gracias a que se le reconoce un año de aportes por cada hijo o hija que haya tenido.
Además de la jubilación de ama de casa, hay otros haberes que pueden cobrar las personas que no llegan a tener los 30 años de aportes obligatorios pero son demasiado mayores para trabajar.
Una es la prestación por edad avanzada. Está destinada a personas con más de 70 años de edad y al menos 10 años de aportes a la seguridad social, de los cuales por lo menos 5 deben haber sido trabajados durante los últimos 8 años anteriores al cese de la actividad.
La prestación por edad avanzada es para personas que hayan trabajado en relación de dependencia o como autónomos, pero no para el personal de casas particulares. El o la solicitante no debe estar cobrando ya ni jubilación, ni pensión, ni retiro civil o militar.
El trámite para gestionarla se realiza en Anses y es presencial y gratuito. Se debe solicitar el turno para concurrir a una dependencia de Anses mediante la plataforma online del organismo.
Ese día se debe llevar la documentación que pide la cartilla de prestación por edad avanzada: DNI, LC o LE; Formulario PS.6.284 «Declaración Jurada sobre la eventual percepción de prestación no adheridas al SIPA o en FF.AA.» firmado por el titular, además de la documentación correspondiente a si se trata de un trabajador particular en relación de dependencia o un autónomo.
Jubilación de ama de casa: qué prestaciones pueden cobrar los adultos mayores sin aportes completos
La Prestación por Edad Avanzada se calcula que se cobra el 70% de la Prestación Básica Universal, más la Prestación Compensatoria y/o Prestación Adicional por Permanencia o jubilación ordinaria.
Por ultimo, otra alternativa que pueden pedir las personas mayores en lugar de la jubilación de ama de casa es la Pensión Universal para Adulto Mayor o PUAM, dedicada a los mayores de 65 años de edad, argentinos o con más de 20 años de residencia en el país, que no tienen ninguna jubilación o pensión.
La PUAM se gestiona gratuitamente en Anses y equivale al pago mensual del 80% de una jubilación mínima. Al cierre de este artículo lo que se cobra por PUAM es 56.790 pesos, y como es inferior a la jubilación mínima, también está por debajo de la jubilación de ama de casa.
Para cobrar la PUAM las personas deben cumplir los mencionados requisitos de edad y residencia, además de no tener ninguna jubilación o pensión de un organismo nacional o de cajas o institutos provinciales o municipales, ni seguro de desempleo.
Estas prestaciones junto con las jubilaciones y la jubilación de ama de casa se actualizan en forma trimestral por la Ley de Movilidad.